Si deseas entrar en el mercado local, debes ser consciente de tu cumplimiento corporativo en Puerto Rico. Después de constituir una empresa en Puerto Ricoesto entrará en vigor. Comprender y cumplir la legislación local te ayudará a expandirte en el territorio de la forma más fluida posible. Al igual que en cualquier otra parte de EE.UU., esto es de vital importancia. Sin embargo, puede que descubras que un proveedor especializado de servicios de back office que te ayude con el cumplimiento corporativo en Puerto Rico es tu socio más adecuado.
Puntos clave sobre el cumplimiento legal de las empresas en Puerto Rico
¿Es necesaria una dirección física en Puerto Rico necesaria para hacer negocios? | Sí, todas las entidades de Puerto Rico deben tener un domicilio social o fiscal local para recibir la correspondencia legal y las visitas del gobierno. |
¿Cuáles son los requisitos anuales de cumplimiento fiscal de la entidad? | Las empresas de Puerto Rico tienen hasta el día 15 del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal para presentar su declaración anual de la renta. |
¿Cuáles son los requisitos anuales de cumplimiento legal de la Entidad? | La junta general ordinaria de accionistas debe celebrarse dentro de los cinco meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal y antes de la fecha límite del 15 de abril en Puerto Rico. |
¿Qué nombramientos estatutarios suelen hacer las empresas en Puerto Rico? | Un representante legal designado que responderá personalmente, tanto jurídica como económicamente, de la buena marcha y funcionamiento de la empresa. Si te encuentras entre las entidades obligadas a designar un auditor fiscal, deberás realizar también esta designación. |
¿Por qué invertir en Puerto Rico? |
¿Cuáles son los requisitos clave para el cumplimiento corporativo en Puerto Rico?
Toda empresa admitida para hacer negocios en el territorio estadounidense debe mantener una oficina física y al menos un agente residente en la isla.
- Agente residente: El agente residente puede ser una persona física residente en Puerto Rico, o una persona jurídica organizada conforme a las leyes de la isla, o autorizada para hacer negocios en ella. El agente es responsable de representar a la empresa. Recibirá y tramitará cualquier comunicación oficial
- Domicilio legal: Una empresa debe registrar una dirección legal en Puerto Rico para operar, someterse a inspecciones y recibir notificaciones oficiales.
Requisitos establecidos por el Departamento de Estado
Todas las empresas deben presentar un informe anual ante el Departamento de Estado el 15 de abril de cada año o antes, o el siguiente día laborable si es fin de semana o festivo, con la siguiente información:
- Nombre y número de registro de constitución
- Dirección física y postal de la oficina designada
- Nombre y dirección física del agente residente
- Nombre y dirección postal de al menos 2 directivos de la empresa que ocupen un cargo fijo en la fecha de presentación del informe, incluido el del directivo que firma el informe, y las fechas de expiración de sus respectivos cargos
- El informe debe contener un estado de la situación económica de la empresa al cierre de las operaciones durante el año natural anterior
- Si el volumen de negocios de la sociedad supera los 3 millones de USD, este informe debe ser auditado por un contable público autorizado en Puerto Rico.
- El informe debe estar firmado por un funcionario autorizado, un director o un constituyente
Las LLC no tendrán que presentar un informe anual al Departamento de Estado. Sólo pagarán tasas anuales por importe de 150 USD$ el 15 de abril de cada año o antes, o el siguiente día hábil si es fin de año o festivo.

Obligaciones fiscales de las empresas en Puerto Rico
Las empresas que operan en Puerto Rico deben obtener un Número de Registro Mercantil en el Departamento de Hacienda y declarar todas las transacciones financieras para determinar qué impuestos deben pagarse.
Los cuatro impuestos principales que cualquier tipo de entidad debe declarar y pagar son:
servicios digitales | Declaración a Hacienda |
Impuesto sobre la renta: Se aplica un impuesto máximo del 39% a las ganancias obtenidas cada año. | Debe presentarse anualmente, a más tardar el día 15 del cuarto mes siguiente al cierre del ejercicio fiscal. |
Impuesto sobre Bienes Inmuebles: El tipo impositivo máximo es del 9,83% y varía en función del municipio en el que esté ubicada la entidad. | Debe presentarse anualmente, a más tardar el 15 de mayo siguiente al ejercicio fiscal. |
Patente Municipal: Se aplica un impuesto del 0,5% a las operaciones de las empresas no financieras, y un máximo del 1,5% para las empresas financieras. | Debe declararse cada año, a más tardar el quinto día después del 15 de abril siguiente al ejercicio fiscal, junto con la declaración del impuesto sobre la renta. |
IVU: Se aplica un impuesto del 11,5% a las facturas de las empresas, que debe retenerse e ingresarse en el Ministerio de Hacienda. | Todos los impuestos retenidos deben declararse y pagarse a más tardar el 22 del mes siguiente. |
¿Qué normativa laboral hay que cumplir en Puerto Rico?
Los ejecutivos extranjeros que hagan negocios en Puerto Rico deben cumplir la normativa laboral del territorio. Estas normas incluyen:
- El salario mínimo nacional es de 10,50 $/hora (a partir de julio de 2024).
- Las empresas están obligadas a pagar la paga extra de Navidad de diciembre si el trabajador cumple los requisitos establecidos
- La jornada laboral estándar es de 8 horas diarias
- Los empleados tienen derecho a vacaciones pagadas y días de enfermedad, en función de su tiempo de trabajo semanal
Cuando una empresa contrata a un nuevo empleado, debe inscribirse en el Departamento de Trabajo y Recursos Humanos, en la Administración de la Seguridad Social, en el Departamento de Hacienda y en la Comisión del Fondo Estatal de Seguros. Además, las cotizaciones establecidas por la legislación laboral de Puerto Rico se calcularán en función del salario de cada trabajador, de la siguiente forma:
Cotizaciones empresariales | Cotizaciones patronales (%) |
Seguridad Social | 6.2% |
Medicare | 1.45% |
Paro estatal Paro federal | Hasta el 4,4% +1% 0,6% |
Discapacidad Política de CFSE | 0,3% 0,7% |
TOTAL | 14,65% (calculado a partir del salario del trabajador) |

Types of Companies
Los ejecutivos extranjeros que deseen entrar en el mercado puertorriqueño deben decidir qué tipo de constitución de empresa se adapta mejor a sus necesidades. A continuación, deben preparar todos los documentos y requisitos necesarios para registrar su empresa en el Departamento de Estado de Puerto Rico. Los tipos de empresa más comunes en Puerto Rico son:
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Es el tipo de sociedad más habitual. Para constituirla se necesitan 1 o más personas.
- Sociedad anónima: En una sociedad anónima, el capital social puede dividirse en acciones que pueden transferirse. En este tipo de sociedad, los socios no responden personalmente de las deudas sociales. Se requiere un mínimo de 3 accionistas y no hay límite máximo. Las sociedades anónimas pueden clasificarse en nacionales y extranjeras, y con o sin ánimo de lucro.
- Corporaciones domésticas: Son las creadas al amparo de la Ley General de Corporaciones de Puerto Rico. Es decir, son corporaciones de Puerto Rico.
- Sociedades extranjeras: Aquellas entidades que fueron creadas en otra jurisdicción. Para que una corporación extranjera pueda operar en el territorio insular, las corporaciones extranjeras deben obtener autorización del Departamento de Estado de Puerto Rico presentando los siguientes documentos:
- Un certificado de existencia o su equivalente de tu jurisdicción de origen, de no más de 3 meses de antigüedad
- El nombre y la dirección del representante de la empresa que reside en Puerto Rico
- Documentos que muestren los activos y pasivos de la empresa
- Documentos que demuestren qué tipo de negocio tiene previsto realizar la empresa en Puerto Rico
- Nombres y direcciones profesionales de sus directores actuales.
- Cualquier otro documento o dato que la empresa considere que debe incluir en el informe de registro

- Sociedades con ánimo de lucro: Son corporaciones nacionales o extranjeras en las que los propietarios obtienen beneficios económicos de su funcionamiento en función de su participación en el negocio.
- Corporaciones sin ánimo de lucro: Son corporaciones nacionales o extranjeras en las que el producto de su explotación, si lo hubiere, se destina a su promoción.
- Corporación de beneficio social: Son sociedades nacionales o extranjeras que tienen un aspecto de beneficio social en su actividad, es decir, su finalidad no es generar beneficios netos, sino que, si los hubiera, podrían distribuirse entre sus propietarios.
- Asociaciones: Cuando la empresa principal regula las normas y asume las responsabilidades ante terceros.
Una vez registrada la empresa, los empresarios deben cumplir los requisitos de cumplimiento corporativo establecidos en Puerto Rico. Algunos de estos requisitos son: solicitar el número de identificación patronal, inscribirse en el Departamento de Hacienda, solicitar el Registro Mercantil y abrir una cuenta bancaria corporativa.
Preguntas frecuentes sobre el cumplimiento corporativo en Puerto Rico
Basándonos en nuestra amplia experiencia, éstas son las preguntas y dudas habituales de nuestros clientes sobre el cumplimiento legal de las entidades en Puerto Rico:
A continuación se indican los nombramientos estatutarios más comunes para las personas jurídicas puertorriqueñas:
– Un representante legal designado que será personalmente responsable, tanto legal como económicamente, del buen funcionamiento y la situación de la empresa. Debe ser un ciudadano local o un extranjero con derecho a vivir/trabajar en el país.
Sí, todas las entidades de Puerto Rico deben tener un domicilio social o fiscal local para recibir la correspondencia legal y las visitas del gobierno.
Si te encuentras entre los sujetos obligados a nombrar auditor fiscal, deberás presentar dicho nombramiento antes del día 15 del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal y como fecha límite el 15 de abril en Puerto Rico.
La junta general ordinaria de accionistas debe celebrarse dentro de los cinco meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal y antes de la fecha límite del 15 de abril en Puerto Rico.
Las empresas de Puerto Rico tienen hasta el día 15 del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal para presentar su declaración anual de la renta, que tendrá como fecha límite el 15 de abril.
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